Page 123 - Razonamiento Verbal Primaria
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Declaración Universal de los Derechos Humanos
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó
la Declaración Universal de Derechos, cuyos artículos figuran a continuación.
Artículo 1.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país,
y derechos y (...) deben comportarse fraternalmente los unos con los directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
otros. 2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad,
Artículo 2.- Toda persona tiene todos los derechos y libertades a las funciones públicas de su país.
proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público;
sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán
nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto
condición. secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, voto.
jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa Artículo 22.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho
una persona. a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la
Artículo 3.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los
seguridad de su persona. recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos,
Artículo 4.- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo
esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. de su personalidad.
Artículo 5.- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, Artículo 23.-
inhumanos o degradantes. 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su
Artículo 6.- Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la
reconocimiento de su personalidad jurídica. protección contra el desempleo.
Artículo 7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho 2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario
a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección por trabajo igual.
contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda 3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración
provocación a tal discriminación que infrinja esta Declaración (...) equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una
Artículo 8.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en
tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
violen sus derechos fundamentales (...) 4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la
Artículo 9.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni defensa de sus intereses.
desterrado. Artículo 24.- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del
Artículo 10.- Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a
igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal vacaciones periódicas pagadas.
independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y Artículo 25.-
obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
materia penal. asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la
Artículo 11.- alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios
1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de
inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad (...). desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias
cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o independientes de su voluntad.
internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia
el momento de la comisión del delito. especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de
Artículo 12.- Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a Artículo 26.-
su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser
de la ley contra tales injerencias o ataques. gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y
Artículo 13.- fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios
residencia en el territorio de un Estado. superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad
propio, y a regresar a su país. humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las
Artículo 14.- libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la
1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos,
a disfrutar de él, en cualquier país. y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial para el mantenimiento de la paz.
realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación
propósitos y principios de las Naciones Unidas. que habrá de darse a sus hijos.
Artículo 15.- Artículo 27.-
1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el
cambiar de nacionalidad. progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
Artículo 16.- 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales
1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, y materiales que le correspondan por razón de las producciones
sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
casarse y fundar una familia (...). Artículo 28.- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados
podrá contraerse el matrimonio. en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene Artículo 29.-
derecho a la protección de la sociedad y del Estado. 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad (...).
Artículo 17.- 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda
1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la
colectivamente. ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad. derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias
Artículo 18.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad
de conciencia y de religión (...). democrática.
Artículo 19.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos
expresión (...). en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 20.- Artículo 30.- Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona,
pacíficas. para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en
Artículo 21.- esta Declaración.

